DISPOSITIVA
Por los fundamente anteriormente expuesto, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL NO. 01 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HACE EL SIGUIENTE PRONUNCIAMIENTO: Decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, en contra de la ciudadana MARIA PATRICIA VASQUEZ TREJO, titulares de la Cédula de Identidad N° e-83.994.105, por no ser posible atribuirle el hecho punible objeto del presente proceso a la misma, de conformidad con lo establecido en los artículos 323 y 324 en concordancia con el artículo 318 Ordinal 1°, todos del Código Orgánico Procesal Penal. Como consecuencia de ello se ORDENA EL CESE de la medida de coerción personal que pesa sobre dicha ciudadana. Librese la correspondiente Boleta de Libertad, los oficios respectivos y Notifíquese a las partes.
Publíquese, diarícese, y déjese copia de la presente decisión para el archivo del .....