Por todos los fundamentos de hecho y de Derecho antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal, en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. RESUELVE, PRIMERO: Declara con lugar la solicitud Fiscal y, por vía de consecuencia, decreta Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad para el ciudadano GUSTAVO JOSE ROMERO LOPEZ de nacionalidad venezolana, natural de Machiques de Perijá, Estado Zulia, de 20 años de edad, fecha de nacimiento 15-09-2987, portador de la cédula de ciudadanía N° V-18.869.495, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de Pedro Romero y de madre desconocida, y residenciado en la vía Recoma a Casigua El Cubo, casa s/n, como a un kilómetro de la alcabala, finca de palmas, propiedad de Wilmer Pérez, Municipio Jesús María Semprúm del Estado Zulia, teléfono 0416-0633575, a qui.....