IV.- DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones expresamente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la demanda de PRECRIPCIÓN ADQUISITIVA incoada por la sociedad mercantil LICORERIA EL TORITO MALQUERIDO C.A.", inscrita por ante el registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, en fecha 23 de Septiembre de 1993, anotado bajo el Nº 639, Tomo I – Adc 12; modificado posteriormente los estatus sociales mediante acta de Asamblea Extraordinaria de fecha 26 de agosto de 2015, quedando inscrita en el registro mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, en fecha 9 de diciembre de 2015, anotado bajo el Nº 7, tomo 127-A; siendo su última reforma la llevada a cab.....