En nombre de la República Bolivariana de Venezuela, este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en uso de sus facultades legales, administrando justicia por autoridad de la Ley, declara: 1) DESISTIDO EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la parte demandante en contra de la decisión de fecha 03 de noviembre de 2016, dictada por el Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, que conoció de la demanda intentada por la parte demandante ciudadano VICTOR ALFONSO GONZALEZ HERNANDEZ, en contra de la Sociedad Mercantil SERVICIOS LITOGRAFICOS, C.A. 2) QUEDA FIRME LA DECISIÓN APELADA. 3) NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS PROCESALES A LA PARTE APELANTE.