El Tribunal comprobado como ha sido el derecho que el solicitante alega, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA las anteriores actuaciones TITULO SUPLETORIO suficiente al ciudadano CARLOS MANUEL VELASQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 18.421.462, domiciliado en el paraguachi, Sector El Barrero, casa color rosada fachada en construcción del Municipio Antolín del Campo de este Estado, para asegurar su condición como propietario de un vehículo con las siguientes características: MARCA: FORD, PLACAS: CAD78H, MODELO: SIERRA, TIPO: SEDAN, AÑO: 1.986, COLOR BLANCO, SERIAL DE CARROCERIA: CJBAGA53996, SERIAL DEL MOTOR: V6, CLASE: AUTOMOVIL, USO: PARTICULAR.-
Se deja a salvo los derechos de terceros de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937, del Código de Procedimiento Civil, y se admite que la presente declaratoria se basa en las declaraciones de testigos de quienes se presume la .....