Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas este JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo establecido en el Artículo 267, Numeral 1°, en concordancia con lo establecido en el Artículo 269 ambos del Código de Procedimiento Civil.
Se acuerda levantar la medida de embargo ejecutivo sobre el inmueble tipo apartamento, ubicado en el Conjunto Residencial y Comercial las Pirámides, primer piso, apartamento Nº 105, tipo 2D-4B, del Edificio "F" ala "F1", lugar conocido como Buena Vista o La Pomona, en Jurisdicción de la Parroquia Cristo de Aranza de esta Ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, el cual tiene una superficie aproximada de construcción de setenta y siete con once metros cuadrados (77,11 mts2), el cual se encuentra com.....