¿ SIN LUGAR, la apelación formulada por la representación judicial de la parte demandada, el profesional del derecho LEONARDO MOLERO PULGAR, en contra de la decisión dictada en fecha 13 de mayo de 2008, por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas.
Quedó de esta manera confirmada la decisión apelada.
No se hace especial pronuncimiento sobre costas procesales, dada la naturaleza de lo decidido.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1.384 del Código Civil, y a los fines previstos en los ordinales 3 y 9 del artículo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, a los once (24) días del.....