1) DESISTIDA LA APELACIÓN interpuesta por la parte demandante contra la decisión de fecha 28 de octubre de 2008, dictada por el Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el juicio que sigue la ciudadana NORIANIS CAROLINA PAZ CASTELLANO frente a la sociedad mercantil TINTORERÍA Y LAVANDERÍA LEVIS C.A., ambas partes identificadas en actas, en consecuencia, con fuerza de cosa juzgada la decisión recurrida que declaró desistido el procedimiento y terminado el proceso.
2) NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS PROCESALES a la parte demandante recurrente, en virtud de lo que establece el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.