En virtud de lo asentado al verificarse el cumplimiento de las exigencias establecidas en los artículos 585 y 588 del Código de Procedimiento Civil, se decreta Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar sobre un apartamento destinado a vivienda, distinguido cin el N° PH-B6, ubicado en la planta Pent House, Torre B del Conjunto Residencial "Mirador Plaza" ubicado en la Calle El Mero, Sector K de la Urbanización Playa el Angel Municipio Maneiro del Estado Nueva Esparta