Esta Jueza Quinta de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, y Ejecución, habiendo constatado de autos la documentación necesaria a los fines de conceder dicha autorización, prescinde de la celebración de dicha audiencia, y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Declarar con Lugar la Solicitud de Autorización Judicial, incoada por la ciudadana MARLENIS LUNA HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-12.919.714, en beneficio de sus hijos, los niños "Cuya identificación se omite de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes". SEGUNDO: AUTORIZAR a la ciudadana MARLENIS LUNA HERNANDEZ, antes identificada, para que en nombre y representación de sus hijos, los niños "Cuya identificación se omite de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Ad.....