DISPOSITIVO DEL FALLO
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas este TRIBUNALUNDÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE POR FALTA DE FIRMA,la presente solicitud relativa a un DIVORCIO POR DESAFECTO, incoado por el ciudadano: MARIO JOSE TORRES, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad N° V.- 7.800.107 domiciliado en la Ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, asistidos en este acto por la Abogada LIGCAR FUENMAYOR SANCHEZ, Defensora Publica Primera Encargada (E) con Competencia en Materia Civil, Mercantil y Trasito, adscrita a Unidad de Defensa Publica del estado Zulia, debidamente inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 79.885, y de este domicilio, en contra de la ciudadana: ANA ELENA CHINCHILLA AZ.....