DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la pretensión de NULIDAD DE ACTAS DE ASAMBLEAS incoada por los ciudadanos MARIA CLEOTILDE SANCHEZ DE GARCIA, JORGE ARMANDO GARCIA SANCHEZ y HECTOR LUÍS GARCIA SANCHEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-3.429.007, V-14.176.039 y V-11.267.966 respectivamente, en contra del ciudadano FRANCISCO JOSÉ GARCÍA SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad V-11.262.017.
SEGUNDO: LA NULIDAD de las actas de asamblea de accionistas registrada bajo el N° 26, tomo 70-A RM365, en fecha 20 de junio del año 2016, y bajo el N° 29, tomo 44-A RM365, en fecha 05 de abril del año 2016 y en consecuencia se declara la nulidad de los documentos: 1)Documento de fecha 27/10/2016, .....