Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, en el juicio de PARTICION Y LIQUIDACION DE LA COMUNIDAD CONCUBINARIA seguido por DACMI DALLI GUILLEN MELENDEZ, en contra de FRANCISCO ANTONIO GUZMAN MARCANO, DECRETA: MEDIDA DE PROHIBICION DE ENEJENAR Y GRAVAR sobre:
1°) Un Terreno que forma parte de unas mejoras y bienhechurías de mayor extensión, constante de CUATRO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y DOS METROS CUADRADOS (4.592 Mts2), ubicado en el sitio denominado"Quevedo", Jurisdicción de la Parroquia San Miguel, Municipio Autónomo Bocono del Estado Trujillo, el cual se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos generales: Cabecera: una Cava; Pie: Terrenos de la sucesión Montaña; separado por piedras clavadas; un Costado:.....