DISPOSITIVA:
Por todo lo antes expuesto este Tribunal de Primera Instancia Penal con Competencia en Violencia contra la Mujer en Funciones de Control, Audiencias y Medidas Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, resuelve lo siguiente: PRIMERO: Se decreta con lugar la aprehensión en flagrancia conforme al art. 93 de la Ley Especial por el delito de AMENAZA sancionado en el artículo 41 de Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y declara sin lugar el delito de VIOLENCIA FISICA AGRAVADA de conformidad con el articulo 42 segundo aparte. SEGUNDO: Se acuerda continuar el asunto por el procedimiento especial ordinario conforme al artículo 94 de la Ley Especial; TERCERO: se declara con lugar las medidas de Protección y seguridad previstas en el artículo 87 ordinales, 3º,5º y 6º de la Ley Especial; la salida inmediata del imputada, La prohibic.....