En merito de las anteriores consideraciones, esta Jueza Primera de Primera Instancia para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes para el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
UNICO: Se otorga a la ciudadana MARIA ANGELA LUNA DE REYES, titular de la Cédula de Identidad N: V-3.823.449 la RESPONSABILIDAD DE CRIANZA EN ESPECIFICO LA CUSTODIA de la niña IDENTIDAD OMITIDA, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 358 y 359 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, quien gozará de los beneficios que reciba la mencionada ciudadana y será su REPRESENTANTE tanto en las Instituciones Educativas como de Salud del Estado Nueva Esparta y /o del País, ya sean públicas o privadas, asimismo, podrá viajar con la expresada adolescente dentro del País. ASI SE DECIDE.