Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA Nº 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano FADY KALED EL KADI STRIDENGER, asistido por la Abogada en ejercicio ELIZABETH ANDRADE ANTUNEZ, antes identificado, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en fecha 14 de Junio de 2007, y SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión recurrida, sin perjuicio de que una vez aclarada la situación jurídica del mismo, pueda intentarse nuevamente la solicitud ante el Juez de Control. Igualmente se insta al Ministerio Público y/o al Tribunal de Instancia ordene la práctica de una nueva experticia de reconocimiento al vehículo en cuestión por un organismo distinto al que practicó las experti.....