Ambas partes convienen que la falta de pago de uno de los cheques aquí emitidos y recibidos por la parte actora, dará lugar a la ejecución del presente convenimiento, y en el caso de remate de bienes el mismo se efectuará con la publicación de un solo cartel de remate y el justiprecio de un solo perito designado por el Tribunal. Igualmente ambas partes solicitan al juzgado de la causa homologue le presente convenimiento, lo pase por autoridad de cosa juzgada y se abstenga de archivar el expediente hasta tanto conste en actas el cobro final de los instrumentos cambiarios recibidos en este acto. Por ultimo las partes solicitan a este Juzgado ejecutor de medidas se abstenga de ejecutar la medida preventiva de embargo y remita la presente comisión al juzgado de la causa. El Tribunal visto el pedimento hecho por las partes se abstiene de ejecutar la presente medida y ordena remitir las presentes actuaciones al juzgado de la causa