de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en uso de sus facultades legales, administrando justicia por autoridad de la Ley, declara: 1) DESISTIDA LA APELACIÓN interpuesta por la parte demandante en contra de la decisión de fecha 11 de Enero de 2007, dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el juicio que por CALIFICACION DE DESPIDO sigue el ciudadano EDWIN LEONES frente a la sociedad mercantil DISTRIBUIDORA LA FUENTE C.A, 2) QUEDA FIRME la decisión de fecha 11 de Enero de 2007, dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. 3) NO SE CONDENA EN COSTAS A LA PARTE APELANTE. De conformidad con el articulo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.