este Tribunal Segundo de Primera Instancia, en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LEY DECRETA:
PRIMERO: La aprehensión en flagrancia del ciudadano DANIEL ALBERTO PADILLA ORTEGA, de nacionalidad venezolana, natural de Santa Bárbara de Zulia, de 22 años de edad, nacido en fecha 31/01/1988, estudiante, soltero, titular de la cédula de identidad N° 18.962.420, residenciado en sector el Chupulun, calle Colón, casa N° 3-83, diagonal a Pastelitos El Pollo, cerca del expendio de Licores Rancho de Plata, Santa Bárbara de Zulia, Municipio Colón del estado Zulia, teléfono 0424-7001773, hijo de Mery Ortega y Pedro Padilla, por cuanto llena los extremos del artículo 93 de la ley Orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida Libre de violencia.
SEGUNDO: Proseguir las secuelas del proceso por la vía del procedimiento especial .....