este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: LA INCOMPETENCIA de este Tribunal para conocer de la demanda de cumplimiento de contrato de opción de compra-venta, incoada por el ciudadano EUCLIDES FERNÁNDEZ, contra los ciudadanos JOSÉ GUILLERMO, MARÍA ALEJANDRA, MARÍA C., ÁNGEL Y FLOR RINCÓN, en su condición de herederos conocidos del causante ÁNGEL GUILLERMO RINCÓN; contra los ciudadanos JICKSON, JENNYS, JOHANNA, YULEXI Y ALONSO RINCÓN, en su condición de herederos conocidos del ciudadano ALONSO RINCÓN BRACHO, e igualmente en contra de las ciudadanas ELIDA RINCÓN y ELSA RINCÓN.
SEGUNDO: SE DECLINA la competencia al Juzgado de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, al cual corresponda por distribución.
TERCERO: No h.....