Por los razonamientos expuestos anteriormente, ESTE JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL Nº 1 DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Verificadas como han sido por esta Juzgadora las condiciones para acordar la Medida Alterna a la prosecución del proceso solicitada en audiencia oral por el acusado y su defensor público, este Tribunal acuerda conforme lo establece el artículo 42 del Código Orgánico Procesal Penal, LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO EN FAVOR DEL CIUDADANO ELEAZAR JOSÉ SILVA MARCANO, quien es de nacionalidad venezolana, de 28 años de edad, natural de Porlamar, estado Nueva Esparta, nacido en fecha 02-12-1984, estado civil Soltero, Profesión u Oficio Pescador, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-17.655.842, residenciado Urbanización Nueva Cadiz, Vereda 1, casa N° 10, de color amarilla, .....