Vista la diligencia de fecha 17 de Mayo de 2.011, que corre al folio ciento dos (102), del presente expediente, suscrita por el ciudadano JORGE A. GONZALEZ FRANTZIS, Venezolano mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 10.330.188, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 58.854, parte demandante; el Tribunal le imparte la Homologación al DESISTIMIENTO, de conformidad con lo establecido por el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil.- Se suspende la medida de Embargo ejecutivo decretada en fecha 03 de Mayo de 2.011.- y se ordena agregar el cuaderno de medidas al principal de conformidad con lo establecido por el artículo 604 ejusdem.- Cúmplase.-