Con fuerza en las motivaciones anteriores, este Tribunal de Control N° 01 de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda SUSTITUIR la Detención Preventiva de Libertad para la Identificación, contenida en el articulo 558 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y adolescentes Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y adolescentes, por una Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, menos gravosa, que tienda a asegurar los fines del proceso, para que pueda asegurar la comparecencia a la Audiencia Preliminar, considerando que están dadas las circunstancias del articulo 582 de la Ley Orgánica par a la protección del Niño y del adolescente, se estima procedente imponer a las imputadas adolescentes IDENTIDADES OMITIDAS, de la Medida Cautelar sustitutiva, contenida en el articulo 582 literal "C" de la Ley Orgáni.....