PRIMERO: DE OFICIO LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA y EXTINGUIDO EL PROCESO en la pretensión que por Prestaciones Sociales, incoado por el ciudadano ADALBERTO ANTONIO REYES, contra de la sociedad mercantil SUPLY SERVICE DEL SUR, C.A. (SUPLYSSURCA), ya identificada.
SEGUNDO: Se da por terminada la presente causa y se ordena notificar a las partea en la presente causa y/o cualquiera de sus apoderados judiciales.
No procede la condenatoria en costas, en aplicación analógica de lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
Se deja constancia que la parte actora ciudadano ADALBERTO ANTONIO REYES, estuvo representada por el profesional del Derecho; Rafael Ricardo Medina Morales, inscrito en el inpreabogado bajo el número 29.008, y la sociedad mercantil SUPLY SERVICE DEL SUR, C.A. (SUPLYSSURCA), representada judicialmente por los profesionales del derecho: Luís Labarca, José Gómez, José Fonseca y Albenys García, todos plenamente identificados en actas..
PUBLÍQUESE, REG.....