Vista y revisada como ha sido la transacción presentada en fecha dieciocho (18) de Marzo de 2014 por el abogado en ejercicio Ricardo Rubio Fermin, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 133.646, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada sociedad mercantil EVI DE VENEZUELA, S.A, representación que se evidencian de instrumento poder que se encuentra agregado a las actas y el abogado José David Gutiérrez, inpreabogado N° 230.924, asistiendo a la ciudadana NORBELYS CAROLINA ARTEAGA ORTEGA en su condición de parte actora, plenamente identificado en actas. Este Tribunal una vez analizadas los términos en los cuales fue redactada la presente transacción en la cual la parte demandada paga a la demandante la cantidad de treinta y un mil quinientos bolívares (Bs. 31.500,00). Este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia en nombre de la República Bolivar.....