En fuerza de las consideraciones anteriormente expuestas este Juzgado Superior Accidental en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: Con lugar la inhibición de la ciudadana Cecilia Fagundez Paolino, en su carácter de Secretaria de este Juzgado Superior Accidental del en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta.
Segundo: Se dispone que la mencionada Secretaria Accidental no debe seguir actuando en esta causa; de manera que se ratifica a la ciudadana Irma Salazar como secretaria accidental.
Tercero: Se ordena expedir copia certificada de esta sentencia a los fines de que sea remitida con oficio a la funcionaria inhibida, para que conozca lo decidido. Líbrese el oficio correspondiente.
Publíquese, Regístrese, Diarícese y Déjese Copia. .....