este Juzgado asumiendo la plena competencia atribuida mediante la resolución señalada y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 512 y 521 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, se decreta: MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO sobre los beneficios laborales que percibe el ciudadano: MIGUEL ANGEL SULBARAN AÑEZ. Se ordena retener del sueldo y demás beneficios laborales que perciba el ciudadano: MIGUEL ANGEL SULBARAN AÑEZ, los conceptos y porcentajes que a continuación se describen: PRIMERO: EL VEINTICINCO POR CIENTO (25%) del sueldo o salario, que percibe mensualmente el demandado MIGUEL ANGEL SULBARAN AÑEZ, como Obrero, al Servicio del Ministerio del Poder Popular para la defensa, para satisfacer las necesidades del adulto MIGUEL ANGEL SULBARAN AÑEZ, previstas en el artículo 365 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. SEGUNDO: EL VEINTICINCO POR CIENTO (25%) Bono vacacional, aguinaldo o bonificación especial de fin de año,.....