DECISIÓN
ESTE JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA: MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO sobre bienes muebles correspondiente a la parte demandada ciudadanas MILITZA TERESA PARRA PULIDO y la avalista ALICIA MONSERRAT antes identificadas, hasta cubrir la cantidad de TREINTA Y SIETE MIL QUINIENTOS BOLÍVARES FUERTES (Bs.37.500,00) que es el doble de la suma demandada, y en caso de que la ejecución recaiga sobre cantidades líquidas de dinero el monto de la medida se reducirá a la cantidad de VEINTIOCHO MIL CIENTO VEINTICINCO BOLÍVARES (Bs.28.125,00), que comprende el monto de la suma demandada más el cincuenta por ciento (50%) de dicho monto.-
Quedan a salvo los derechos de terceros sobre los bienes objeto de esta medida.
Se ordena librar exhorto y oficiar al Juzgado Ejecutor de Medida.....