Por todo lo anteriormente expuesto este Juzgado Cuarto en Funciones De Control, Audiencias Y Medidas Con Competencia En Materia De Delitos De Violencia Contra Las Mujeres Del Circuito Judicial Penal Del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta: PRIMERO: ADMITE LA ADECUACIÓN DE LA CALIFICACIÓN JURIDICA INVOCADA POR EL MINISTERIO PÚBLICO, en los términos explanados en la parte motiva de la presente decisión. SEGUNDO: SE ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN presentada por la Fiscalía Quincuagésima Primera (51°) del Ministerio Público, en contra del ciudadano: AMADOR SEGUNDO MONTIEL GONZALEZ, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD V-10.414.096 ; a quien se le instruye causa por la presunta comisión del delito de: VIOLENCIA FISICA, PREVISTO Y SANCIONADO EN EL ARTICULO 56 PRIMER APARTE DE LA LEY ORGANICA SOBRE EL DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA DE LIBRE DE VIOLENCIA, cometido en perjuicio de l.....