Se dictó sentencia interlocutoria mediante la cual se ACEPTA LA DECLINATORIA DE COMPETENCIA por la materia, que fuera formulada por la abogada María Alejandra Romero Rojas, en su condición de juez provisoria del Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, y declara la competencia de esta alzada para conocer y decidir el recurso de apelación formulado contra la decisión definitiva que declaró sin lugar la pretensión de divorcio, intentada por el ciudadano Luis Enrique Lobo, contra la ciudadana María Elena Rodríguez Villegas, todos plenamente identificados a los autos.