Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
• SIN LUGAR, la apelación interpuesta por el abogado en ejercicio ALBERTO SALAZAR, apoderado judicial de la parte actora contra la decisión dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Cabimas, en fecha 03 de octubre de 2013. Lo anterior, de conformidad con el artículo 78 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo previsto en el artículo 341 eiusdem.
No se hace especial pronunciamiento en cuanto las costas procesales, en virtud de lo decidido.
Queda de esta manera Confirmada la decisión apelada.
Regístrese y Publíquese. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad con el.....