DECISIÓN
Por todo lo expuesto, este Tribunal Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 318, ordinal 3º, del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo establecido en el artículo 615 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, decreta el SOBRESEIMIENTO definitivo de la causa a favor del adolescente (para el momento que se sucedieron los hechos), se omite su identidad, ya identificado, en la investigación llevada por el Ministerio Público por el delito de POSESION ILICITA DE DROGAS, previsto en el artículo 153 de la ley Orgánica de Drogas.