INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEO, el recurso de apelación de autos interpuesto por el Profesional del Derecho ASDRUBAL PRADO QUINTERO, actuando en este acto con el carácter de Defensor Privado del ciudadano GILBERTO DANIEL HERNANDEZ TERAN; en contra de la decisión Nro. 304-2019, de fecha 31 de octubre de 2019, dictada por el Tribunal Único de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra La Mujer del estado Zulia, todo de conformidad con lo previsto 428 literal "b" del Código Adjetivo Penal, aplicado por remisión expresa del artículo 67 de la Ley Especial de Genero, atendiendo además a la Sentencia vinculante Nro. 1268, dictada en fecha 14 de Agosto de 2012, Expediente Nro. 11-0652, por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.