PRIMERO: Ratificar la Medida de Colocación Familiar dictada el 06.03.2014 en favor del niño antes identificado en el hogar de su abuela materna ciudadana Ela Ysabel Martínez, titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.424.34, quien tendrá la Responsabilidad de Crianza, incluida la Custodia y Representación del niño y será responsable del cumplimiento de todos los elementos que integran esta Institución Familiar consagrados en el artículo 358 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y adolescentes, de igual manera podrá viajar con el referido niño dentro del territorio nacional. SEGUNDO: Como consecuencia de lo aquí decidido se ordena oficiar al Equipo Multidisciplinario de este Circuito Judicial de Protección para que realice un seguimiento anual del caso. Así se decide.-