Ahora bien, expuesto lo anterior, requiere la accionante mediante su pedimento sea decretada medida cautelar a los fines de que sea designada como persona responsable del cuidado médico de su progenitora ELIDE ARAUJO DE MENDOZA, ello en su condición de médico cirujano, y de la necesidad que tiene su madre de ser atendida por médicos especialistas según su patología clínica.
En ese orden de ideas, observa esta juzgadora de los alegatos y medios probatorios aportados por la presunta agraviada, así como de los derechos constitucionales que aduce que se encuentran violados por la ciudadana ELIZABETH MENDOZA ARAUJO, que resulta necesaria la protección cautelar en el presente caso, en aras de evitar daños mayores producto de la conducta omisiva que se denuncia.
En consecuencia, acuerda MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA y en ese sentido, se designa como persona responsable del cuidado médico de la ciudadana ELIDE ARAUJO MENDOZA, adulta mayor de 90 años, venezolana, mayor de edad, titular de la.....