En mérito de las razones expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación presentado por la profesional del derecho MARIBEL LUZARDO SERRANO, en su condición de Defensora Privada del ciudadano GIOACCHINO DICEMBRE BADELL, contra decisión N° 1259-11, dictada en fecha diecisiete (17) de Noviembre de 2011, emitida por el Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión N° 1259-11, dictada en fecha diecisiete (17) de Noviembre de 2011, emitida por el Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, mediante la cual se decretó Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Judicial Preventiva de Libertad, a favor del ciud.....