este JUZGADO SUPERIOR CUARTO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley, declara:
1.- INADMISIBLE el Amparo Cautelar de suspensión de efectos, solicitado por la sociedad mercantil BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO, C.A., a través de su apoderada judicial la profesional del derecho LIANETH QUINTERO WEBER.
2.- SIN LUGAR La solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos, propuesta por LA SOCIEDAD MERCANTIL BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO, C.A.