DISPOSITIVO:
Por los fundamentos expuestos, ESTE DÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: Con lugar la demanda que por prestaciones sociales y otros conceptos laborales sigue el RAFAEL DE JESUS ACEVEDO ACOSTA, en contra de la Sociedad Mercantil "RESTAURANT RIQUEZA ZULIANA"
SEGUNDO: Se condena a la demandada Sociedad Mercantil "RESTAURANT RIQUEZA ZULIANA", a pagar al ciudadano RAFAEL DE JESUS ACEVEDO ACOSTA, la cantidad de SESENTA Y NUEVE MIL CIENTO TREINTA Y UN BOLÍVARES CON CINCUENTA Y UN CÉNTIMOS (Bs. 69.131,51), por los conceptos indicados en al parte motiva del presente fallo.
TERCERO: Se ordena el pago de los INTERESES MORATORIOS e INDEXACIÓN, los cuales serán determinados mediante experticia complementaria del fallo, conforme a los lineamientos .....