El Tribunal pasó a computar el tiempo de cumplimiento de las sanciones impuestas de la siguiente manera: Las sanciones de Libertad Asistida e Imposición de Reglas de Conducta aplicadas por el lapso de 02 AÑOS, deberá comenzar a cumplirlas a partir de la presente fecha, debiendo cumplirla hasta el día 24 DE ENERO DE 2009. En tal sentido el Tribunal pasa a imponer las Reglas impuestas por el Tribunal: 1.- Incursionar en el ÁREA EDUCATIVA, debiendo consignar ANTE ESTE TRIBUNAL CONSTANCIA DE INSCRIPCIÓN EN UN PLANTEAL EDUCATIVO; y CONSTANCIAS ACTUALIZADAS DE ESTUDIOS Y BUENA CONDUCTA EN FORMA MENSUAL; 2.- Incursionar en el ÁREA LABORAL, consignando ante este Tribunal la correspondiente Constancia de Trabajo actualizada; 3.- No portar ningún tipo de arma de fuego; 4.- No salir después de las 10 de la noche sin su representante legal; 5.-Asistir a la iglesia respetando su libre creer y parecer de modo que contribuya su desarrollo integral, teniendo como base este Tribunal para imponer esta r.....