PARTE DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN CABIMAS,
administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por Cobro de las Prestaciones Sociales y otros conceptos Laborales interpuesto por el ciudadano LARRY ALBERTO ESPINA SANCHEZ, en contra de la Sociedad Mercantil SEA TECH DE VENEZUELA C.A.
SEGUNDO: Se declara procedente el pago por Cobro de las Prestaciones Sociales y otros conceptos Laborales al ciudadano LARRY ALBERTO ESPINA SANCHEZ por la cantidad de VEINTITRÉS MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y DOS MIL CINCUENTA Y CUATRO BOLÍVARES CON TREINTA Y CUATRO CENTIMOS DE BOLÍVAR (Bs. 23.372.054,34) arrojados de los cálculos efectuados y revisados por este Juzgador, contra la Sociedad Mercantil SEA TECH DE VENEZUELA C.A.
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