Este Tribunal Segundo de Juicio de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA LOCAL AD-HOC, A FAVOR DEL CIUDADANO DANIEL ALEJANDRO GÓMEZ SALAZAR, HASTA EL 25 DE FEBRERO DE 2007, en la siguiente dirección, por presentar al diagnóstico médico dos hernias discales, dicho acusado se le sigue proceso por la presunta comisión de delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto en el artículo 406 ordinal 1° del Código Penal, de conformidad con lo previsto en el artículo 83 Constitucional. Notifíquese a las partes, ofíciese a la base N° 9 a los fines de que vigile el cumplimiento del local.
Regístrese, déjese constancia en el libro diario.