Este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, actuando de conformidad con lo establecido en los artículos 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil venezolano, declara: CON LUGAR el DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, de los ciudadanos JOSE MANUEL ROLDAN SOTO y CINDY KAROLINA BARRIOS MOLERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 17.697.188 y 28.197.509, respectivamente, en consecuencia, se declara disuelto el vínculo de Matrimonio Civil que ellos contrajeron en fecha cuatro (04) de julio de dos mil diecisiete (2017), por ante la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, según Acta No. 168, de los libros llevados por ante ese Registro Civil.