este Juzgado Décimo Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Se ordena la devolución de la s pruebas consignadas al inicio de la audiencia preliminar. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 158 y 207.
El Juez
El Secretario
Marlene Rojas de Siu