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Decisiones del dia 23/11/2015

Formato:  Ficha  Lista

Tribunales Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : OP02-J-2015-002151 N° Sentencia : PJ0392015000616 Fecha: 23/11/2015
Procedimiento:
Homolog. Oblig. Alimentaria
Partes:
YUBIRIS MARCANO QUINTERO Y JULIO CESAR PAVAN MARTINEZ
Resumen:
OBLIGACION DE MANUTENCION: "El padre aportará la cantidad de TRES MIL BOLIVARES (Bs. 3.000,00) mensuales, Gastos Médico, Medicina, adicionales y lo que corresponde al mes de Septiembre y Diciembre será cuentas compartidas, la Obligación de Manutención será depositada en Cuenta Bancaria del Banco BBVA Venezuela, cuenta corriente No. 0102-0668-5900-00138367 a nombre de la madre. La cantidad a suministrar por concepto de Obligación de Manutención se fijará enana suma de dinero de curso legal, para lo cual se tomará como referencia el salario mínimo mensual que haya establecido el Ejecutivo Nacional. ". En tal virtud, esta Jueza Tercera de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, admite la misma por no ser contraria al orden público, a la moral pública o a alguna disposición expresa del ordenamiento jurídico y tomando en cuenta la premisa fundamental de la .....
Juez/Ponente:
Luisana Marcano
Organo:
Tribunales Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
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N° Expediente : OP02-J-2015-002158 N° Sentencia : PJ0392015000615 Fecha: 23/11/2015
Procedimiento:
Homolog. De Reg. De Conv Familiar Y Oblig. De Man.
Partes:
YARITZA ALFONZO DE LOPEZ Y JOSE ANTONIO GONZALEZ
Resumen:
OBLIGACION DE MANUTENCION: "El padre se compromete a pasarle a sus hijos la cantidad de bolívares quincenales (900,00 Bs.) lo que sumara un total de tres mil Seiscientos Bolívares mensuales (3600,00 Bs.),"El padre además aportará un bono de fin de año en veintidós mil bolívares (22.000,00Bs) anual distribuidos para sus tres (3) hijos en ropa, calzados y juguetes. A su vez ambos padres aportaran el 50% de los demás gastos". REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR: "El régimen de convivencia familiar que se reotorga al padre es de Lunes a Viernes desde las 3:00 PM hasta las 3:30 PM. En tal virtud, se admite la misma por no ser contraria al orden público, a la moral pública o a alguna disposición expresa del ordenamiento jurídico y tomando en cuenta la premisa fundamental de la Doctrina de Protección Integral, cual es el Interés Superior del Niño consagrado en el Artículo 3, numeral 1° y 2° de la Convención de los Derechos del Niño, así como, la Constitución de la República Bolivarian.....
Juez/Ponente:
Luisana Marcano
Organo:
Tribunales Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
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