OBLIGACION DE MANUTENCION: "El padre aportará la cantidad de TRES MIL BOLIVARES (Bs. 3.000,00) mensuales, Gastos Médico, Medicina, adicionales y lo que corresponde al mes de Septiembre y Diciembre será cuentas compartidas, la Obligación de Manutención será depositada en Cuenta Bancaria del Banco BBVA Venezuela, cuenta corriente No. 0102-0668-5900-00138367 a nombre de la madre. La cantidad a suministrar por concepto de Obligación de Manutención se fijará enana suma de dinero de curso legal, para lo cual se tomará como referencia el salario mínimo mensual que haya establecido el Ejecutivo Nacional. ". En tal virtud, esta Jueza Tercera de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, admite la misma por no ser contraria al orden público, a la moral pública o a alguna disposición expresa del ordenamiento jurídico y tomando en cuenta la premisa fundamental de la .....