PRIMERO: CON LUGAR la medida de protección de COLOCACIÓN FAMILIAR, bajo la modalidad de Familia Sustituta a favor de la niña, "IDENTIDAD OMITIDA" en el hogar de los ciudadanos, LUIS FRANCISCO CONTRERAS ACOSTA, colombiano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cedula de Identidad Nº E-84.440.164 y YAJAIRA MARIA GALINDO MERCADO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cedula de Identidad Nro: V-25.263.955.
SEGUNDO: Se hace saber a los ciudadanos, LUIS FRANCISCO CONTRERAS ACOSTA y YAJAIRA MARIA GALINDO MERCADO, que la responsabilidad de crianza que ha sido dada es personal e intransferible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 395 literal "c" de la LOPNNA, por lo tanto, deberá garantizarle todos los derechos inherentes a la salud, cuidado, desarrollo, protección y educación integral y representarla ante instituciones educativas, de salud, públicas y privadas, igualmente se autoriza a los referidos ciudadanos a viajar dentro del Territorio Nacio.....