Por los fundamentos antes expuestos, éste Tribunal Segundo de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra las Mujeres del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: Declara con lugar el Procedimiento de Aprehensión en Flagrancia, de conformidad con lo establecido en el artículo 93 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. SEGUNDO: DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, al ciudadano: VICTOR HUGO RODRIGUEZ, Venezolano, mayor de edad, estado civil soltero, titular de la cédula de identidad No 20.862.170, fecha de nacimiento 12-01-1985, de profesión obrero, hijo de NEREIDA MILLANO Y HUGO RODRIGUEZ, residenciado en el Barrio el Gaitero, calle 115, casa Nº 73-13, a 50 MTS, del Deposito de Licores el Pepeito del Estado Zulia, de conformidad con el ar.....