(...) este Tribunal DECRETA MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO sobre los bienes muebles propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la cantidad de TRESCIENTOS TREINTA MIL BOLIVARES CON 00/100 (Bs. 330.000,00), suma ésta prudencialmente calculada por este Tribunal, en el caso de que recaiga sobre bienes muebles. Que en caso de que la medida recaiga sobre cantidades de dinero, la ejecución versará sobre CIENTO NOVENTA Y DOS MIL CUARENTA BOLIVARES CON 00/100 (Bs. 192.040,00), que corresponde el monto demandado, las cuales deberán ser remitidas mediante cheque de gerencia a nombre de este Juzgado para su posterior depósito en la cuenta que se aperture al efecto.