DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano RIGOBERTO CUEVAS HERNANDEZ ambas partes plenamente identificadas en las actas procesales.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada SERVICIOS PETROLEROS FLINT, C.A, cancelar al ciudadano RIGOBERTO CUEVAS HERNANDEZ la cantidad de CIEN MIL BOLIVARES (Bs. F. 150.000,00) por concepto de Daño Moral.
TERCERO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS de conformidad con lo establecido en el articulo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Publíquese y Regístrese.