V.- Decisión
En fuerza de los razonamientos expuestos este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, actuando en sede constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: Procedente la acción de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana Marbelly Villafranca Rodríguez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.047.851, debidamente asistida por las abogadas Ritamary del Jesús Silva Torrens y Lucía Elena Peña Quijada, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 16.336.920 y 16.932.646, respectivamente e inscritas en el Inpreabogado bajo los Nos. 115.826 y 118.670, respectivamente, contra la sentencia dictada el día 07-07-2009 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta.
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