Este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el articulo 22 de la Ley Sobre Venta con Reserva de Dominio, decreta MEDIDA PREVENTIVA DE SECUESTRO, dejándose a salvo los derechos de terceros, sobre un vehículo, MARCA: Ford, MODELO: F-150 W146 F-150; AÑO: 2006, COLOR: Rojo, TIPO: Camioneta, USO: Carga, SERIAL DEL MOTOR: 6KC64028, SERIAL DE CARROCERIA: IFTPW14445KC64028, PLACA: 46N-MAZ, dicho vehiculo le corresponde al ciudadano LEONARDO ENRIQUE NAVEA NUÑEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V.- 12.870.420, según se evidencia de documento emanado de la Notaria Publica Trigésima Primera del Municipio Libertador de la ciudad de Caracas, de fecha Veinte (20) de Agosto del año 2007, quedando archivado bajo el Nro. 4104.- Se hace saber que ha sido designado secuestratario judicial al BANCO MERCANTIL C. A. BANCO UNIVERSAL, en la persona de su Representante Judicial ciudadano PEDRO ANTONIO REYES OROPEZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identi.....